La llegada de las fiestas renueva cada año el debate sobre el uso de la pirotecnia y los daños que genera.
De acuerdo a un estudio realizado por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, organismo que conduce Guido Lorenzino, más de la mitad de los distritos ha dictado ordenanzas prohibiendo o limitando la pirotecnia sonora.
En toda la Provincia existen distintas formas de regulación: la prohibición total; la prohibición por ruidos o determinados fuegos artificiales; el uso sólo en determinados lugares del municipio y la prohibición para espectáculos oficiales.
Hay distritos que prohíben la pirotecnia que exceda un límite de decibeles y otros directamente toda pirotecnia sonora, mientras que algunos prohíben sólo determinados artefactos como bombas o morteros.
En algunos casos, los municipios prohíben la pirotecnia en los espectáculos o eventos que ellos mismo organizan.
Otras ciudades se declararon “libres de pirotecnia” o “pirotecnia 0” y prohíben todo tipo de fuegos artificiales con efectos audibles o lumínicos.
«A esta altura son evidentes todos los problemas que implica el uso de pirotecnia en la salud de las personas y también el daño que le generamos a nuestras mascotas y al medioambiente», explicó Guido Lorenzino, e insistió en la necesidad de que los municipios prohíban su venta.
«La tarea de concientización es muy importante pero también hay que acompañarla desde el Estado con un fuerte mensaje de cuidado a las personas más vulnerables que la sufren, como niños, niñas, adultos y adultas mayores y personas con discapacidad», indicó Lorenzino.
Sobre la regulación del uso en la Provincia, el Defensor del Pueblo reconoció que se está avanzando en todo el territorio y que son más los distritos que cuentan con algún tipo de ordenanza sobre el tema.
Uno de ellos es el partido de 25 de Mayo, adherido a la prohibición del uso de pirotecnia, a través del Decreto Nº 1207/17.
A nivel nacional se encuentra vigente el Decreto 96/2019, del 27 de diciembre de 2019, que prohíbe el uso de pirotecnia sonora en espectáculos oficiales nacionales e invita a los municipios a adherir al mismo.
“El trabajo de los intendentes e intendentas es muy importante y estamos viendo avances en la regulación de la pirotecnia, y también en la prohibición total. Es importante seguir con este impulso, para cuidar a quienes más sufren los efectos de esto”, indicó Lorenzino.
El Decreto 96/2019, prohíbe la adquisición y uso por parte del Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156, de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice.
También hace mención especial a la afectación de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), indicando que “que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) especificó que más del CINCO POR CIENTO (5%) de la población mundial, es decir TRESCIENTOS SESENTA MILLONES (360.000.000) de personas, padece pérdida de audición discapacitante, estimándose que la mitad de los casos podrían evitarse si se adoptan los mecanismos necesarios y adecuados a las condiciones sociales de cada población. Asimismo resultan afectadas las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)”.
Accedé al Decreto 96/2019