“Es inaceptable que deban recurrir a la justicia para reclamar lo que por derecho les corresponda y, mucho más cuestionable resulta que, el ANSES dilate injustificadamente los juicios para luego incumplir las sentencias”, expresó la concejal de Juntos por el Cambio de 25 de Mayo.
La edil de Juntos por el Cambio, en consonancia con un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación, manifestó que las sentencias deben cumplirse y que los plazos legales deben abreviarse. «La tutela judicial debe ser rápida y efectiva, porque justicia lenta no es justicia, porque los jubilados deben cobrar los juicios en vida». “En este momento, el tiempo promedio de duración de un juicio de reajuste previsional oscila entre los 7/10 años, en los cuales el jubilado o pensionado debe atravesar una serie de obstáculos que, muchas veces, vuelven imposible el acceso a sus derechos”, agregó.
En tanto, Marcela Bucci, declaró que “según información brindada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) al 31/01/2021 «el stock de causas previsionales en trámite en las que el Organismo es demandado asciende a 261.676», cantidad que se incrementa a diario”. “Todos los jubilados poseen el derecho a percibir jubilaciones dignas y móviles, acordes a los aportes que efectuaron mientras trabajaban. “Es inaceptable que deban recurrir a la justicia para reclamar lo que por derecho les corresponda y, mucho más cuestionable resulta que, el ANSES dilate injustificadamente los juicios para luego incumplir las sentencias”, expresó la concejal de Juntos por el Cambio.
Asimismo, resaltó que en “la actualidad, conforme el artículo 22 de la ley 24.463, el ANSES cuenta con 120 (ciento veinte) días hábiles para cumplir con las respectivas sentencias y, si bien el plazo es excesivamente amplio, son pocas las sentencias que se cumplen en tiempo y forma, exigiendo a los jubilados iniciar la correspondiente ejecución de sentencia”.
Por ello, la concejal celebra y acompaña el proyecto presentado que tiene por objetivos centrales: 1) reducir de 120 a 90 días el plazo para que el ANSES cumpla con las sentencias de reajuste previsional, 2) permitir que el juez reduzca dicho plazo a 30 días, en caso de padecer el jubilado alguna enfermedad grave y, 2) eximir del pago de ganancias a todos los retroactivos producto de juicios de reajuste.