Columna| ¿Cuál es la diferencia entre un Seguro de ART y un Seguro Colectivo de Vida?

Información general

Por Lorena Massaccesi (*).

Los seguros de vida y los seguros de ART suelen confundirse porque la normativa laboral les da el carácter de obligatorios.

Mediante el Decreto 1567/74 se establece que las empresas están obligadas a contratar un seguro que brinde cobertura en caso de fallecimiento de un empleado.

El Seguro Colectivo de Vida Obligatorio cubre el riesgo de muerte e incluye el suicidio como hecho indemnizable, sin limitaciones, de todo trabajador en relación de dependencia, cuyos empleadores se encuentren o no obligados con el Sistema Único de la Seguridad Social.

Por otro lado, la Ley 24557 de Riesgos de Trabajo obliga a los empleadores a contratar un seguro que ofrezca cobertura en caso de accidentes de trabajo o enfermedades laborales. Este seguro comúnmente se conoce como ART.

Las ART aseguran cubrir gastos médicos y la indemnización por incapacidad o fallecimiento que pudiera ocurrir a causa de un siniestro laboral.

En este sentido, el seguro de ART se debe hacer cargo de la atención médica inmediata, traslados; gastos farmacéuticos; de pagar el sueldo del empleado mientras está en tratamiento y de todas las indemnizaciones que correspondan.

El seguro de vida proporciona una suma de dinero a los beneficiarios designados en caso de fallecimiento del asegurado. Esta suma asegurada puede ser utilizada para cubrir los gastos funerarios, el pago de deudas o cualquier otra necesidad financiera.

(*) Abogada UNLP, Especialista en Derecho Laboral.

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