El escrito sostiene que el STM “no cuenta con la inscripción ante la autoridad administrativa del trabajo, como medida de control de los requisitos exigidos por la ley”.
La Cámara Federal de San Martín confirmó este viernes el fallo sobre la medida cautelar que establece que el Municipio de 25 de Mayo suspenda los descuentos de la cuota sindical y mutual del Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).
En su escrito, la Cámara de San Martín consideró que “la ley 23.551 de Asociaciones Sindicales establece que una organización sindical será reconocida por la simple inscripción en un registro especial, lo cual representa una exigencia de intervención mínima, aunque insoslayable, sin la cual el sindicato no será reconocido”.“La entidad mencionada (refiriéndose al STM) no cuenta con la inscripción ante la autoridad administrativa del trabajo, como medida de control de los requisitos exigidos por la ley”, agrega el texto.
Además, indicó que “las retenciones de dinero practicadas a los empleados de la Municipalidad de 25 de Mayo en concepto de cuota sindical y cuota de la mutual no contaría con respaldo legal, toda vez que no se encontrarían constituidas de conformidad con la normativa vigente”.
“En función de lo señalado, se estima que en el caso traído a estudio se ha conformado un marco probatorio que reviste entidad suficiente para habilitar la medida aquí cuestionada”, concluyó la Cámara de San Martín.