El Gobierno restableció de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador.
A través del Decreto 443/2023, se creó «de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador que contempló una serie de medidas relacionadas con las exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las divisas en el mercado de cambios, previendo que el Banco Central de la República Argentina dicte la reglamentación correspondiente».
La medida publicada hoy en el Boletín Oficial, buscará captar a “aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores”, y entrará en vigencia durante todo el mes de septiembre.
Para el caso de los sujetos que efectúen operaciones de exportación de mercaderías que requieran de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) “se consideran incluidas, en el marco de lo dispuesto en esta medida, aquellas previas o posteriores a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, aun sin estar perfeccionadas, así como la compraventa con precio en pesos a fijar”.

