Bragado se suma una vez más a la pirotecnia cero

Municipios

A través del Decreto 4874/16 el Municipio prohibe la utilización de “artificios pirotécnicos de efectos sonoros y globos aerostáticos pirotécnicos”.

Desde la Municipalidad de Bragado recuerdan la vigencia de la ordenanza que prohibe la utilización de productos de pirotecnia sonora, teniendo en cuenta el mal que provocan en animales y en aquellas personas con algún tipo de trastorno.

La normativa hace hincapié en el derecho a la salud, patrimonio y convivencia de los habitantes, además de la protección de la fauna que habita en las ciudades y poblados.

El ejecutivo contempla la autorización de algunos artificios pirotécnicos para festejos o espectáculos públicos con autorización expresa y exclusiva en los lugares que permita la Municipalidad, debiendo solicitarse ante ella el permiso respectivo.

Ante un incumplimiento de la norma, se aplicarán multas previstas en el artículo 36° de la ley 20.429, Ley Nacional de Armas y Explosivos, siendo responsables de las infracciones los titulares de la administración y/o de la guarda de establecimientos de instituciones públicas o privadas o de comercio, en el caso de que las contravenciones se cometan en los mismos; los padres, tutores o guardadores de menores, cuando fueren cometidos por estos últimos.

Compartí esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *