Por primera vez llegó a la Corte el debate por la despenalización del cannabis medicinal

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Los cuatro jueces del Tribunal escucharon ayer argumentos a favor y en contra de emitir un fallo en dirección a la despenalización de esa práctica. En la actualidad, sólo está autorizado el autocultivo a través de la inscripción a un registro y los cultivadores esperan un fallo que los termine de amparar.

Con atención y sin barbijo -condición que resultó obligatoria para todo el resto de los presentes en la sala de audiencias-, los cuatro jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación escucharon este miércoles argumentos a favor y en contra de emitir un fallo en dirección a la despenalización del cultivo de cannabis y elaboración de sus derivados con fines medicinales. Fue la primera vez que la discusión sobre el cannabis para uso medicinal llegó a esa instancia, a través de una audiencia pública.

“Pedimos que estas familias sean ayudadas y no perseguidas por el Estado. Se demostró que no hay riesgo en los preparados caseros de la planta y sí que hay muchos beneficios. Es una actividad que no es diferente a lo que hace una familia que cultiva aloe vera para usarlo en una quemadura o tilo para preparar un té. Si se controlase toda la actividad privada que una familia lleva a cabo en relación a sus plantas estaríamos cayendo en un fascismo sanitario, un estatismo absurdo”, planteó el abogado constitucionalista Domingo Rondina ante el máximo tribunal. Es el representante de la Asociación Civil Madres Cannabis Medicina (MACAME), de Santa Fe, que desde 2018 lleva adelante el reclamo ante el Estado nacional.

“Queremos un nuevo fallo Arriola. Así como en ese fallo la Corte dijo que tener marihuana para consumo personal no es delito, lo que queremos a través de este reclamo es que la Corte diga que tener plantas de cannabis y producir derivados para uso medicinal no es delito”, explica Domingo Rondina, el abogado constitucionalista que representa a MACAME en su demanda al Estado nacional. En efecto, en 2009 la Corte emitió el llamado “Fallo Arriola”, que declaró inconstitucional la penalización de la tenencia de marihuana para consumo personal.

En rigor, en 2017 el Congreso de la Nación aprobó la ley que avala la investigación y el uso medicinal del cannabis. La reglamentación que se hizo de esa ley un tiempo después de su sanción, durante la presidencia de Mauricio Macri, restringió ese aval a las personas con diagnóstico de epilepsia refractaria y no reguló el autocultivo de la planta. En noviembre de 2020, una nueva reglamentación de la ley amplió el espectro de patologías que pueden ser tratadas con cannabis, le puso pautas a la posibilidad de cultivar con esos fines y sentó las bases para el funcionamiento del Registro Nacional de personas autorizadas al cultivo controlado con fines medicinales y/o terapéuticos (Reprocann). Aún así, la asociación civil MACAME espera que la Corte se expida.

“Estamos pidiéndole a la Corte que declare la inconstitucionalidad de la punición del cultivo, la producción de derivados, el hecho de proporcionar esos derivados a los hijos y el transporte de cannabis si se cumplen cinco condiciones: que sea para fines terapéuticos, que el cultivo sea domiciliario, que sean preparados caseros, que sea para uso de la propia familia y que exista la indicación de un médico”, enumera Rondina. MACAME inició el reclamo en 2018, antes de la última reglamentación de la ley sancionada en 2017.

«Aún no está saldada la despenalización. Es parte de la mentira que intenta el Gobierno nacional. El delito aún permanece en la Ley de Drogas, y los delitos se crean y se eliminan por ley, no por un decreto o resolución ministerial que establece una reglamentación. La ley de 2017 despenaliza al usuario, no al cultivador o elaborador de productos derivados, y si se depende de la reglamentación y no de la ley, un cambio de Presidencia o de ministerio que vaya a un lugar más conservador o más pro-laboratorio deja desamparadas a esas personas, ya inscriptas en un registro que, si cambian las reglas del juego, es una lista de delincuentes”, sostiene Rondina, y concluye: “Admitir la registración en el Reprocann es negar que estamos ante una conducta privada de las personas, comparable a cualquier práctica de herboristería familiar”.

“Lo que creemos es que no tendríamos que estar bajo ningún monitoreo o registro del Estado por estar cultivando cannabis para la salud de nuestros hijos. No estoy en contra del Reprocann pero es un trámite burocrático que no debería hacer. No deberíamos necesitar ningún permiso, sino gozar del derecho legítimo de cultivar esta planta para que nuestros hijos estén bien”, describe Laura Acosta. Su hija Narella, de 15 años, tuvo una convulsión de más de siete horas cuando tenía dos meses.

La gravedad de ese episodio, que sólo pudo detenerse a través de un coma inducido, resultó irreversible. “Tiene diagnóstico de encefalopatía crónica no evolutiva. Primero dijeron que era síndrome de West, después, epilepsia refractaria. Con el tiempo fue deteriorándose: hubo que ponerle botón gástrico, hacerle una traqueotomía, tuvo muchas neumonías y padece una escoliosis profunda. Llegó a tener hasta 400 crisis de epilepsia diarias cuando era bebé”, describe Laura.

Hace menos de una década, su hija mayor, que ahora tiene 25 años, vio que María Laura Santillán hablaba de “marihuana para epilepsia” en un noticiero. Llamó a Laura y la puso a ver el informe. “Entonces empecé a investigar esa posibilidad y en 2016 empecé a tratar a Nare con cannabis. Las mejoras empezaron enseguida. Ahora hay días en los que apenas tiene un espasmo y otros días en los que ni siquiera ocurre eso”, explica Acosta desde Santa Fe. Desde que su hija consume cannabis, duerme ocho horas diarias.

La lucha de las madres cultivadoras de cannabis fue la que impulsó la legalización de la investigación y el uso medicinal del cannabis en 2017 y la mejora en la reglamentación de esa ley que tuvo lugar en 2020. Esta agrupación de madres va por un fallo judicial ante el máximo tribunal, que ayer miércoles escuchó argumentos a favor y en contra, y no tiene fecha para expedirse.

Fuente: elDiarioAR

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