Por el Dr. José María Ruiz, abogado especialista en derecho público, provincial y municipal. Derecho notarial. Escribano.
“En un análisis técnico jurídico del Informe de Auditoría del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la gestión financiera de la Municipalidad de 25 de Mayo del año 2024 se pueden observar puntos críticos.
El texto detalla el estudio de cuentas realizado bajo la administración del Intendente Ramiro Egüen, revelando ingresos y gastos que superaron la cifra de veintiún mil millones de pesos.
Se exponen en el mismo múltiples irregularidades administrativas; cobro irregular del sueldo del Intendente; cobros múltiples, deficiencias en la notificación de deudas impositivas; el uso indebido de contratos de locación para tareas permanentes y la utilización de cooperativas que tenían impedimentos para funcionar.
Asimismo, el Tribunal identifica opacidad, irregularidad en pagos, fallas en los procedimientos de contratación y falta de documentación respaldatoria en diversas licitaciones públicas, problemas en las cuentas y faltas en los saldos bancarios, al igual que el incumplimiento de la normativa que obliga a depositar los fondos municipales en cuentas de bancos oficiales y no privados ante la total falta de contralor que esto implica por parte de los órganos de control de los estados Provincial y Nacional, al igual que de las otros instituciones municipales, diferentes del Ejecutivo.
Finalmente, el Organismo propone sanciones legales para los funcionarios responsables debido al incumplimiento de las normativas vigentes y la evidente falta de transparencia en los saldos bancarios.
Se observa que varias acciones de los funcionarios y del propio Intendente, de no ser justificados con la correspondiente documentación en el tiempo oportuno, podrían configurar delitos contra la administración pública tipificados en la legislación penal.
Déficit
El Honorable Tribunal de Cuentas observó el desequilibrio financiero de $1.083.742.914,84 debido a que la Municipalidad no presentó las justificaciones legales ni el plan de saneamiento obligatorio que exige la normativa provincial para cancelar la deuda en un plazo máximo de tres ejercicios. El Municipio tampoco brindó explicaciones documentadas que justificaran las causas por las cuales se produjo.
Señaló un incumplimiento del equilibrio presupuestario ya que los gastos superaron los recursos disponibles sin las adecuaciones correspondientes y el HTC determinó que el Intendente; el Secretario de Hacienda, Sergio Mansilla y el Contador Municipal, Paolo Salinas son los responsables de velar por el cumplimiento de los parámetros presupuestarios, por lo que se les impuso una sanción de multa por esta falta.
En términos técnicos, este monto representa el Resultado Ejecutado negativo del municipio al 31 de diciembre de 2024, lo que refleja una situación de vulnerabilidad financiera que no fue debidamente abordada según los procedimientos legales vigentes.
Irregularidades en el Fondo Educativo
Los principales problemas con el Fondo Educativo se centraron en el incumplimiento del porcentaje mínimo de inversión en infraestructura escolar exigido por la ley. Según la Ley N.º 15,394, el Municipio debe destinar como mínimo el 40% de los recursos percibidos por este fondo a infraestructura escolar.
Durante 2024, la Comuna percibió un monto de $967.643.807,16, por lo que debió invertir $387.057.522,86; sin embargo, solo se verificó una inversión de $197.374.412,03, siendo esto aproximadamente solo el 50% de la inversión requerida.
Las autoridades municipales alegaron que destinaron recursos al funcionamiento de los jardines maternales Chiquilandia y Arco Iris. No obstante, el Tribunal determinó que dichos gastos no corresponden a servicios de educación formal de niveles obligatorios oficialmente reconocidos, que es el destino prioritario que marca la normativa.
A pesar de que los funcionarios manifestaron haber adoptado medidas para alcanzar los porcentajes y coordinar otros destinos con la provincia, no aportaron documentación que demostrara la inversión del saldo pendiente de ejecución al cierre del ejercicio.
Debido a esta situación, se impuso una sanción de multa al Intendente Municipal Ramiro Egüen por no cumplir ni hacer cumplir la asignación correspondiente de los fondos. Además, el Tribunal resolvió poner este incumplimiento en conocimiento de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Irregularidad en el cobro del sueldo por parte del Intendente. Autoimposición de sueldos múltiples
En relación con el cobro de viáticos por parte de Ramiro Egüen, la auditoría del Tribunal de Cuentas detectó una irregularidad vinculada a la autoasignación indirecta de viáticos permanentes a través del uso de su vehículo particular para fines oficiales.
También observó duplicación con Gastos de Representación ya que percibe mensualmente un concepto de gastos de representación equivalente al 100% de su sueldo básico. La normativa establece que este emolumento tiene como fin atender precisamente los gastos privados originados por su investidura, incluyendo su movilidad y la disponibilidad de su vehículo.
Además señaló que la afectación del vehículo mediante un decreto del Ejecutivo carecía de validez ya que es facultad exclusiva del Honorable Concejo Deliberante disponer y determinar el alcance de los sueldos y gastos de representación del Intendente. Se detectó que el Decreto Nº 853/23 no fue publicado en el Boletín Oficial Municipal (SIBOM), incumpliendo con el requisito de que todo acto de gobierno que afecte recursos debe ser público.
Irregularidades en las contrataciones de servicios municipales
Se identificaron diversas irregularidades en la contratación de servicios, que van desde el incumplimiento de normativas legales hasta fallas en los procedimientos administrativos y opacidad en los procedimientos.
Las principales deficiencias se resumen a continuación: uso Indebido de Contratos de Locación de Servicios ya que la Comuna contrató a profesionales bajo esta modalidad pero la auditoría determinó que no se cumplía con el requisito legal de «extraordinariedad» exigido por la Ley N.º 14.656; vínculos laborales encubiertos porque los servicios se prolongaban en el tiempo con pagos mensuales y consecutivos, lo que sugería la existencia de un vínculo laboral real que debería haberse encuadrado como personal de planta municipal; tareas fuera de lo permitido; contratos retroactivos.
Asimismo, hubo irregularidades en locaciones de obra con falta de informes de cumplimiento; honorarios incorrectos; funciones duplicadas. También incumplimiento en Procedimientos de Selección y Licitación con contrataciones directas indebidas como por ejemplo en la adquisición de repuestos de maquinaria donde se realizaron compras sucesivas a un mismo proveedor en plazos menores a 15 días para evitar el Concurso de Precios exigido por los montos totales; falta de competencia en licitaciones privadas en las cuales no se demostró que los precios obtenidos fueran los más convenientes del mercado.
El Honorable Tribunal de Cuentas encontró deficiencias en la Gestión de Residuos y Arbolado; fallas administrativas generales por las cuales se les impuso sanciones de multa y cargos pecuniarios al intendente Ramiro Egüen y a la Jefa de Compras, Noralí Garavaglia entre otros funcionarios responsables. También tuvieron sanciones por irregularidades en licitaciones privadas, las cuales persistieron sin que las autoridades ofrecieran descargos válidos.
Irregularidades en la licitación de pavimentación de la Av. 18
Irregularidades en la Licitación Pública Nº 3/2024 destinada a la pavimentación y puesta en valor de la Avenida 18 entre las calles 27 y 34. Las fallas halladas en este proceso, adjudicado a Bruno Construcciones S.A., guardan relación con los problemas administrativos y de falta de transparencia observados en otras contrataciones municipales: falta de devolución de garantías.
Al igual que en las licitaciones de maquinaria, arbolado público y el Hogar Albergue, en la obra de pavimentación no se aportaron las constancias de devolución de las garantías a los oferentes cuyas propuestas no fueron aceptadas. Esta omisión motivó una sanción específica para el Intendente Ramiro Egüen, quien debe autorizar dichos actos.
El pago a la firma Bruno Construcciones S.A. aún no se justificó con la documentalmente correspondiente y solo se hizo de manera parcial ante el Honorable Tribunal de Cuentas, aunque persisten dudas sobre la finalización de los trabajos. Se pagaron trabajos que no se realizaron.
En conclusión, el pago se justificó legalmente mediante el contrato, pero su justificación física (la prueba de que la obra por la que se pagó está terminada) sigue pendiente, por lo que el Intendente Ramiro Egüen, y el Secretario de Infraestructura Luciano Cabrera continúan bajo estudio por esta irregularidad.
Reparación del Natatorio Municipal
Se encontraron diversas irregularidades administrativas y procedimentales en la obra de reparación del natatorio municipal, adjudicada al Sr. Benicio Reginaldo Núñez, por un monto total de $24.434.044,00: deficiencias en la Planificación y Control, no se labró la documentación formal que certificara el comienzo efectivo de los trabajos en la fecha estipulada; presupuesto global sin detalle; ausencia de plan de trabajo; irregularidades en el Circuito de Contratación; incumplimiento de Plazos y Reserva del Tema; falta de sanciones por demora.
Irregularidades en los egresos de las licitaciones públicas
Las auditorías revelaron una serie de irregularidades que incluyen fallas en los procedimientos de selección, falta de documentación crítica y deficiencias en el control de las obras contratadas.
Irregularidades en la contratación de cooperativas
Se detectaron irregularidades significativas en la relación con diversas cooperativas, principalmente vinculadas a su falta de autorización legal para funcionar y deficiencias en la actualización de sus legajos. Se verificó que varias cooperativas que figuraban como proveedoras o tenían relación con el municipio se encontraban suspendidas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), lo que significa que no contaban con autorización legal para operar. Las entidades afectadas son: Cooperativa Agua Potable Del Valle Ltda; Cooperativa de Trabajo Shoes Ltda; Cooperativa de Trabajo El Acuerdo de Sauce Corto Limitada; Cooperativa de Trabajo Sasha María Limitada; Cooperativa de Trabajo Textil 25 Ltda.
El Municipio celebró un contrato de locación de obra con la Cooperativa Urbanismo Sustentable Limitada para realizar tareas de limpieza, refacción y pintura en el Estadio Municipal por un monto de $110.495.000,00. Aunque la cooperativa tenía estatuto aprobado, la auditoría verificó que se encontraba suspendida para funcionar debido a que no había remitido al organismo de contralor el acta de designación de cargos vigente.
Cuentas abiertas en Bancos Privados
El Honorable Tribunal de Cuentas detectó que la Municipalidad de 25 de Mayo mantenía cuentas abiertas en bancos no oficiales, una situación que no está prevista en la normativa vigente para el manejo de fondos públicos.
Multas y Sanciones al intendente Ramiro Egüen
Las multas impuestas al Intendente Municipal Ramiro Egüen por el Honorable Tribunal de Cuentas, correspondientes al ejercicio 2024, ascienden a un total de $2.100.000,00 y cargos pecuniarios (reintegro de fondos por perjuicio probado al erario) en solidaridad con otros funcionarios, que suman un total de $11.723.272,45″.
