Convocan a productores y productoras rurales de Rqoue Pérez, en el marco de la Solicitud de Emergencia y Desastre Agropecuario por Sequía

Municipios

En el marco de la Solicitud de Emergencia y Desastre Agropecuario por Sequía (Ley Provincial Nº 10.390), solicitada el pasado 4 de noviembre por el Municipio, la subsecretaría de Producción y Empleo convoca a las personas físicas y jurídicas afectadas, que sean propietarias o arrendatarias a acercarse a la dicha dependencia en el palacio municipal.

Los productores y productoras rurales podrán acercarse a la subsecretaría de Producción y Empleo, de lunes a viernes, de 8 a 13 horas.

Las personas físicas y jurídicas afectadas, que sean Propietarias o Arrendatarias tendrán que presentar:

Constancia de AFIP (CUIT)
Constancia Impuesto Inmobiliario
Número de Ingresos Brutos
Las partidas afectadas (parcelas)
Contrato de alquiler si es Arrendatario
Certificado de Stock Ganadero emitido por Guías Municipales, en caso de ganadería
Datos del Planteo Productivo, Ganadero y/o Forrajero, según corresponda

Las personas que completen las Declaraciones Juradas (DDJJ) correspondientes, podrán acceder a los siguientes beneficios:

Si el/la productor/a está en situación de Emergencia (en caso de que el grado de afectación sea entre el 50% y el 79%), se otorga una Prórroga en el pago del Impuesto Inmobiliario Rural (ARBA) durante el período de vigencia de la Emergencia y Desastre, desde el 01/07/22 al 31/12/22.

Si el/la productor/a está en situación de Desastre (tiene afectado entre el 80% y el 100%) se exime en la proporción afectada, el pago del Inmobiliario Rural durante el período de vigencia de la Emergencia y Desastre, desde el 01/07/22 al 31/12/22.

Suspensión de ejecuciones fiscales hasta 180 días de finalizado el periodo de Emergencia y Desastre.
Productores/as con certificado de Emergencia y/o Desastre podrán obtener la prórroga de vencimientos de créditos hasta que finalice el período de Emergencia y/o Desastre Agropecuario. 

Todas las personas afectadas que tengan interés, deberán realizar las DDJJ en la Subsecretaría de Producción y Empleo del Edificio Municipal, y contarán con un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de la publicación del Decreto correspondiente en el Boletín Oficial.

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