Reintegro del 15% en consumos con tarjeta de débito: ¿A quiénes beneficia?

Información general

La herramienta, cuya vigencia se extiende hasta el 30 de junio de 2023, consiste en un reintegro de hasta $ 2.028 mensuales por beneficiario, con un monto máximo de $ 4.057 para titulares de la AUH con 2 o más hijos.

«Las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo así como los titulares de la AUH y la Asignación Universal por Embarazo (AUE) podrán acceder a un reintegro del 15% de sus consumos con tarjeta de débito hasta el 30 de junio de 2023«, recordaron hoy de la AFIP.

La herramienta consiste en un reintegro de hasta $ 2.028 mensuales por beneficiario con un monto máximo de $ 4.057 para titulares de la AUH con 2 o más hijos.

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones. El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, super e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito. Los gastos realizados en farmacias están alcanzados por el beneficio.

Personas beneficiarias

Podrán acceder al beneficio las personas que:

  1. Cobren la jubilación mínima
  2. Cobren una pensión mínima por fallecimiento
  3. Cobren una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc)
  4. Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH)
  5. Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE)

Acreditación del reintegro

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

  • Para las compras que se realicen hasta las 17:00 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
  • Para las compras hechas luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Personas excluidas

No podrán acceder al beneficio del reintegro quienes:

  • Superen el haber jubilatorio mínimo.
  • No sean beneficiario/a de la AUH o Asignación por embarazo.
  • Trabajen en relación de dependencia o como autónomo
  • Tengan ingresos declarados en el impuesto a las ganancias
  • Sean monotributista, excepto los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A.
  • Tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única.
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