FRIGOMAYO 25 S.A. – COMUNICADO INSTITUCIONAL:
«Una nueva reunión, una nueva postergación: FRIGOMAYO reclama plazos y una definición sobre su concesiónEl día 28 de septiembre de 2026, la Comisión de Reglamento del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo volvió a tratar el expediente relacionado con el inmueble donde funciona FRIGOMAYO 25 S.A.
Como resultado de esa reunión se emitió el Dictamen S/Expte. Nº 46/2026, mediante el cual se propone solicitar al Departamento Ejecutivo que instruya al Honorable Concejo Deliberante sobre las ‘pautas de negociación’ destinadas a ‘conciliar las posturas y dar por finalizado el conflicto suscitado’.
FRIGOMAYO considera positivo que se manifieste expresamente la intención de alcanzar una solución. Sin embargo, el dictamen no establece plazo alguno para que el Departamento Ejecutivo remita esas pautas, ni fija término para iniciar la negociación ni para concluirla.
En consecuencia, se abre una nueva instancia institucional sin una fecha cierta de resolución, prolongando una situación de incertidumbre que viene afectando directamente a una empresa en pleno funcionamiento.Una negociación sin plazos corre el riesgo de transformarse en una nueva postergación.
No estamos frente a una empresa que pretende obtener una concesión nueva. Estamos frente a una relación jurídica preexistente, respaldada por documentación, antecedentes y actuaciones que ya se encuentran incorporados al expediente y que sustentan la posición de FRIGOMAYO.
La empresa ha aportado la documentación correspondiente y ha mantenido permanentemente su disposición al diálogo.
Sin embargo, cada vez que la situación de la concesión vuelve a ser tratada políticamente y nuevamente instalada ante la opinión pública, se genera incertidumbre sobre la continuidad de FRIGOMAYO y se producen consecuencias que exceden ampliamente una discusión administrativa.
Detrás de este expediente existen trabajadores y sus familias, proveedores, clientes, inversiones realizadas y compromisos comerciales.
La incertidumbre prolongada condiciona decisiones empresariales, posterga inversiones y afecta el normal desenvolvimiento de una actividad industrial profundamente vinculada con la comunidad de 25 de Mayo.
El paso del tiempo no es neutral. La falta de una definición también produce consecuencias.
FRIGOMAYO respeta plenamente las atribuciones del Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo. Pero entiende que una iniciativa cuyo propio objetivo declarado es ‘dar por finalizado el conflicto suscitado’ debería contar con mecanismos y tiempos concretos que permitan efectivamente alcanzar esa finalidad.
La empresa no cuestiona el diálogo ni la búsqueda de una solución institucional. Por el contrario, está dispuesta a participar de una negociación seria.Pero para que exista una negociación efectiva deben existir interlocutores, pautas y plazos definidos.
FRIGOMAYO no puede permanecer indefinidamente sometida a una situación de incertidumbre respecto de una relación que considera vigente y cuyos antecedentes ha acreditado documentalmente.Por ello, solicita que las autoridades municipales establezcan en forma concreta y dentro de un plazo razonable las pautas necesarias para avanzar hacia una solución definitiva, preservando los derechos de todas las partes y evitando nuevas dilaciones.
Después de meses de actuaciones, reuniones y nuevas instancias institucionales, ya no alcanza con manifestar la voluntad de resolver el conflicto: es necesario establecer cómo y cuándo se lo va a resolver.
FRIGOMAYO quiere seguir produciendo, invirtiendo y generando trabajo en 25 de Mayo.Para hacerlo necesita lo mismo que cualquier empresa que apuesta por una comunidad: reglas claras, seguridad jurídica y previsibilidad».
