Comienza a regir desde el 1° de abril y se trasladará a precios de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza.
A través de la Resolución 5329/2023, el ente tributario dispuso un nuevo régimen de percepción al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las ventas de productos de primera necesidad.
El nuevo IVA de 3% sobre productos venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza, que será percibido por empresas proveedoras grandes a los comerciantes, se trasladará a precios y comienza a regir el 1° de abril.
Según se informó, la AFIP modificó parcialmente el régimen de percepción del IVA establecido en febrero, elevando de $ 60 a $ 3.000 el monto mínimo de esa operación para las ventas de alimentos (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza.
En los hechos, la medida implica subir el piso de las operaciones comprendidas por el régimen de $ 2.000 a $ 100.000, luego de un pedido de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), en el sentido de “aplazar la fecha de implementación” y “revisar el importe mínimo de las operaciones alcanzadas”.
La medida despertó dudas y algunas críticas, por lo que el titular del organizmo salió a explicar en sus redes en que consiste este aumento:
Ayer expliqué la Resolución General 5329, que genera una percepcion del IVA en el comercio de alimentos.
— Carlos Castagneto (@CastagnetoC) March 22, 2023
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